Por Resolución Nº 2906 del Ministerio de la Protección Social de la República de Colombia, se establecieron los Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas - LMR, en alimentos para consumo humano, en piensos y forrajes. La Secretaría General de la Comunidad Andina ha revisado la misma y considera que esta norma no se contrapone con el Régimen Normativo Andino en las áreas de sanidad animal y sanidad vegetal, ya que en ella se adopta lo establecido por el CODEX Alimentarius, según lo consignan en el artículo 3° de la Resolución; Por tanto la Secretaría General de la Comunidad Andina considera que es procedente la inscripción de la Resolución Nº 2906 del Ministerio de la Protección Social de Colombia en el Registro Subregional de Normas Sanitarias y Fitosanitarias.
Ref. CAN Secretaría General. Resolución 1142. Lima, 25 de enero de 2008
Señores: Extraordinario, noticias como ésta alientan a quienes luchamos por un mundo limpio, la producción de alimentos sanos y una sociedad justa. Felicitaciones. Fdo. Ing. Agr. Manuel B. Suquilanda Valdivieso, Director Ejecutivo. Instituto Superior de Investigaciones Agrícolas
Facultad de Ciencias Agrícolas, Universidad Central del Ecuador
Me congratulo por la sensibilidad demostrada por el gobierno Colombiano en la preservación de la salud humana a través de aproximar la inocuidad en la ingesta de alimentos, disminuyendo a límites menores la incidencia tóxica de los agroquímicos sintéticos utilizados en la producción de los mismos.
Sin embargo, estas medidas tendrían un complemento mas provechoso si paralelamente se estimula oficialmente la aplicación de la metodología orgánica, biológica o biodinámica de producción, generando así alternativas mas consistentes con la salud de su gente y de sus ecosistemas naturales.